¿Qué aspectos debemos conocer los odontopediatras sobre el maltrato infantil?
Maltrato infantil
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Hoy en día, nuestros periódicos siguen estando plagados de noticias de violencia de género y las estadísticas se abultan cada vez más con sus víctimas. Por desgracia, estos hechos no son los únicos al respecto que tenemos que lamentar: debemos pensar que en ese hogar donde muere una mujer maltratada, es muy posible encontrar también un niño maltratado o que conoce muy bien la violencia.
El maltrato al menor constituye un problema de salud pública mundial. Se estima que entre el 1 y el 1,5 % de los niños sufren algún tipo de maltrato.
La Fundación Save the Children presenta su informe En la Violencia de Género no hay una sola víctima, atención a hijos e hijas de mujeres víctima de violencia de género en España, el próximo martes 15 de febrero en el Círculo de Bellas Artes de Madrid. Este informe es el resultado de un trabajo de investigación realizado por Save the Children durante el año 2010, como parte de un proyecto internacional en el marco del programa Daphne III de la Comisión Europea. Este proyecto, coordinado por Save the Children España, ha contado con la colaboración de Save the Children Italia, Save the Children Islandia y el Defensor del Menor de la región del Lazio (Italia).
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Más información sobre esta noticia en:
Maltrato infantil y odontología
La odontología se enfrenta a dos retos en relación a la violencia familiar: por un lado la magnitud del problema y por otro, la delicadeza de la situación que, en ocasiones, se percibe como falta de implicación de sus profesionales en el problema.
Muchas investigaciones han indagado al respecto y las encuesta a los profesionales de la odontología reflejan lo mismos datos que resumen la situación actual:
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Desconocimiento de los signos y síntomas característicos
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Inseguridad del diagnostico de maltrato o negligencia.
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Miedo a enfrentarse a la familia.
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Temor a la pérdida del paciente y poca confianza en los servicios sociales de protección al menor.
¿Qué aspectos debemos conocer los odontopediatras sobre el maltrato infantil?
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La incidencia de la violencia en el medio familiar está creciendo, aunque es difícil cuantificar con exactitud la magnitud del problema.
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La realidad podría leerse en cifras en torno a unos 400.00 casos al año y alrededor de 1000 muertes producidas por malos tratos.
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Las agresiones suelen dirigirse hacia las personas más débiles y vulnerables del grupo: niños, mujeres y ancianos.
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Aunque existen diversas definiciones, la de mayor consenso es la elaborada por el Observatorio de la Infancia en 2008, recogida en el Protocolo básico de intervención contra el Maltrato Infantil. Esta definición hace referencia al maltrato como “acción, omisión o trato negligente, no accidental, que priva al niño o la niña de sus derechos y bienestar, que amenaza o interfiere su ordenado desarrollo físico, psíquico o social y cuyos autores pueden ser personas, instituciones o la propia sociedad”.
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Hay que diferenciar varios tipos de maltratos: maltrato físico, abuso sexual, abandono físico (negligencia) y maltrato emocional. Cualquiera de estas formas puede producir secuelas irreversibles en el desarrollo psíquico y físico del menor.
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Podemos considerar que el odontopediatra juega un papel, cada día más importante, en la detección y denuncia del maltrato infantil, debido al incremento de su frecuencia y a que el 65% de las lesiones que se producen en los niños como consecuencia del maltrato y abuso físico están localizadas en cara y cuello.
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El odontólogo tiene la posibilidad de ver al niño con más frecuencia que el médico de cabecera, pediatra u otros profesionales de la salud. Esto es debido a que los padres o tutores que maltratan a los niños no suelen llevarlos al mismo médico o al mismo centro de salud más de una vez para no ser descubiertos, sin embargo, no se suelen tomar estas precauciones con los odontólogos.
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El abandono físico se da cuando las necesidades físicas, alimentación, vestido, higiene, protección y vigilancia en las situaciones potencialmente peligrosas, cuidados médicos o educación no son atendidas, temporal o permanentemente, por ningún miembro del grupo que está al cuidado del niño.
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La negligencia dental está definida como la falta de cuidados que lleva a situaciones que imposibilitan una alimentación normal, causan dolor crónico, frenan o retrasan el crecimiento del niño o, en general, cualquier situación que dificulte o imposibilite las actividades de la vida diaria del menor.
¿Cómo notificar?
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Notificar: es trasmitir la información en referencia al menor supuestamente maltratado y al propio informante. Es una obligación legal y profesional.
La notificación deberá realizarse a:
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Servicios sociales generales (municipales).
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Servicios con competencia en protección de menores: casos que requieran medidas urgentes: Servicios Sociales con competencias en protección de menores de las Comunidades Autónomas.
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Juez de Guardia en los casos regulados por la Ley en que se requiere la comunicación a través de un Parte de Lesiones o en aquellas circunstancias en que no sea posible contactar con los servicios sociales con competencias en materia de protección de la Comunidad Autónoma.
Tipos de Notificaciones
INFORME MÉDICO:
Se deriva a los servicios territoriales competentes.
Debe constar: nombre, edad y dirección del niño, de los padres y de la persona que acompañe al niño al Centro de Salud o al hospital; resultados de la exploración física con descripción exhaustiva de las lesiones, pruebas complementarias realizadas y fotografías de las lesiones; comportamiento observado en el niño y en los padres e interacción padres- hijo.
PARTE DE LESIONES:
Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal, Art. 262, en España, es obligación legal poner en conocimiento de la autoridad judicial la existencia de lesiones que presumiblemente provengan de una agresión, a través del parte de lesiones.
Debe constar: descripción de las lesiones sufridas, tiempo de curación e incapacidad provocada, asistencia y tratamientos requeridos, secuelas, mecanismo de producción de las lesiones, características de los objetos o acciones implicadas, suceso aislado o repetitivo, repercusiones físicas y psíquicas a corto, medio y largo plazo de la agresión; hora y fecha, en que el paciente ha sido atendido en el centro; identificación de la víctima y su acompañante; resultado del reconocimiento practicado; pronóstico del caso; hipótesis acerca de la etiología de las lesiones; nombre del médico que firma el parte y número de colegiado.
INFORME SOCIAL:
Se deriva al Equipo Municipal de Servicios Sociales y /o a los servicios territoriales competentes.
Debe constar: la evaluación psicosocial del caso y favorecer la toma de decisiones acerca de la medida de protección más adecuada para el menor.
HOJAS DE NOTIFICACIÓN:
Esta hoja no implica que dejen de utilizarse otras vías de comunicación.
Debe constar:información sobre la situación de riesgo del menor, estudios epidemiológicos, seguimiento de los casos.
Cuadro de lesiones: Maltrato físico
LESIONES TEGUMENTOSAS
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- Hematomas y contusiones.
- Mordeduras.
- Alopecia traumática.
- Quemaduras simétricas.
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LESIONES ORALES
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LABIOS
- Laceración .
- Quemaduras.
- Condiloma acuminado.
TEJIDOS BLANDOS
- Rotura de frenillo.
- Abrasiones en las comisuras, quemaduras o laceraciones de la lengua, paladar, suelo de boca.
- Equimosis o petequias en el paladar (abuso sexual).
DIENTES
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LESIONES OSTEOARTICULARES
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- Fracturas craneales, costillas y columna vertebral.
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LESIONES VISCERALES
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- Contusiones pulmonares y renales.
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LESIONES OCULARES
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- Hemorragias retinianas en el fondo del ojo.
- Desprendimiento de retina.
- Hematomas en antifaz con o sin fracturas de los huesos de la cara.
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LESIONES INTRACRANEALES
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“SÍNDROME DEL NIÑO SACUDIDO”
Se presenta un hematoma interhemisférico, en la región parietooccipital, producido por movimientos bruscos y violentos de balanceo de detrás adelante que produce roturas vasculares.
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¿Qué manifestaciones clínicas orofaciales debemos considerar?
Muchas de las lesiones por maltrato físico en la infancia están dentro de la esfera orofacial y pueden ser detectadas por el odontopediatra; Todos los estudios al respecto coinciden en que el 65 o 75 % de las lesiones por maltrato afectan la cabeza y el cuello, ya que es una zona expuesta y al descubierto.
El diagnóstico diferencial de estas lesiones con respecto a las que podrían producirse de la manera accidental en la que muchas veces las presentan los cuidadores, padres o responsables legales de un menor, es el que nos da la certeza de encontrarnos ante casos de maltrato infantil.
Una parte de ese diagnostico diferencial la obtenemos, casi siempre, cuando lo que nos cuentan los padres sobre lo que ha ocasionado el traumatismo no se relaciona con la tipología de la lesión, la forma de presentación y la localización de la misma
La magulladuras causadas por caídas accidentales incluyen áreas prominentes tales como el mentón, la frente o incluso los pómulos, pero no suelen afectar otras zonas menos prominentes.
Las lesiones provocadas de manera no accidental aparecen, con mayor frecuencia, en zonas determinadas dejando muestra reconocibles del ataque (como, por ejemplo, las lesiones provocadas por bofetadas).
Los desgarros de frenillos labiales de tipo accidental pueden producirse en niños que aprenden a caminar (de 8 a 18 meses), pero esta misma lesión en un niño muy pequeño que no camina todavía o que ya lo hace de manera más estable (2 o 3 años) podría hacernos sospechar.
Las quemaduras en labios o en mucosa bucal pueden ser provocadas por alimentación forzosa con comida muy caliente.
Las fracturas dentarias, asociadas o no a otras lesiones, pueden afectar tanto a la dentición temporal como a la permanente y evidentemente pueden pasar por lesiones dentarias accidentales, pero hay que valorar otros datos como si faltan dientes, si hay facturas coronales y/o radiculares, cambios de color, desplazamientos dentarios o fracturas alveolares, dientes con diferentes coloraciones, traumatismos antiguos…
La exploración radiográfica es de gran ayuda para el diagnostico ante la sospecha de maltrato porque, en numerosas ocasiones, estos producen repetidamente como ya hemos visto. A través de la exploración radiográfica, se pueden evidenciar lesiones anteriores provocadas (fracturas radiculares, rarefacciones periapicales, obliteraciones pulpares, alteraciones en los gérmenes de dientes permanentes) que se manifiestan de forma semejante a las lesiones accidentales. Por este motivo, el odontopediatra debe conocerlas y reunir toda la información posible para poder establecer un diagnóstico diferencial entre ambas.
¿A quién acudir?
ASOCIACIONES FEDERADAS PARA LA PREVENCIÓN DEL MALTRATO INFANTIL
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FUNDACIÓN ANAR ESPAÑA
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Avda. América, 24-1º planta
28028 MADRID
Telf. 91 726 27 00 / Fax. 91 726 76 00
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ANAR COMUNIDAD VALENCIANA
Avda.Cataluña, s/n
46021 Valencia
Telf. 687 51 12 46
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ANAR CASTILLA Y LEÓN
Avda. Fernandez Ladreda, 28, nº 5
40002 Segovia
Telf. 921 46 33 81
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ACIM:ASOCIACION CATALANA PARA LA INFANCIA MALTRATADA
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C/ Gran de Gràcia, 121
08012 BARCELONA
Teléfono : (+34) 93 511 44 16
Fax : (+34) 93 511 44 17
www.acim.es
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APIMM: ASOCIACION MADRILEÑA PARA LA PREVENCION DE LOS MALOS TRATOS A LA INFANCIA
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C/ Corregidor José de Pasamonte, 6
28030 MADRID
607732399
915308826
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ADIMA: ASOCIACION ANDALUZA PARA LA DEFENSA DE LA INFANCIA Y LA PREVENCION DE MALOS TRATOS
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Avenida Hytasa, 5 - 1ºA
41006 - SEVILLA
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954 63 63 58
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AMAIM.ASOCIACION MURCIANA DE APOYO A LA INFANCIA
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C/ Puerta Nueva, 22. Entresuelo, 5.
30008 MURCIA
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968201187
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ADEME:ASOCIACION PARA LA DEFENSA DEL MENOR/CUIDAD REAL
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C/ Seis de Junio, 31
13300 Valdepeñas
Ciudad Real
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AVAIM:ASOCIACION VASCA PARA LA AYUDA A LA INFANCIA MALTRATADA
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En Guipúzcoa:
C/ Isabel II, 6 -Esc. Dcha. 1º (local 15)
20011 San Sebastián
9437 46 72 23
En Álava
C/ Florida, 17- 1 Dcha
01005 Vitoria-Gasteiz
954/13 16 08
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APREMI:ASOCIACION DE LA COMUNIDAD VALENCIANA PARA LA PROMOCION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO Y LA PREVENCION DEL MALTRATO INFANTIL
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Apdo. de Correos: 12270
46020 VALENCIA
963953155
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REA: ASOCIACION CASTELLANO-LEONESA PARA LA DEFENSA DE LA INFANCIA Y JUVENTUD
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Sede Central.
C/ Antonio Lorenzo Hurtado nº 5 (Sede de Cruz Roja).
47014 Valladolid
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 626167531 Secretaria
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FAPMI:FEDERACION DE ASOCIACIONES PARA LA PREVENCION DEL MALTRATO INFANTIL
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C/ Delicias, 8 (entreplanta)
28045 MADRID
91/531 01 51
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COMUNIDADES AUTÓNOMAS
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ANDALUCÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN AL NIÑO
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C/ Héroes de Toledo s/n
41071 Sevillla
Telf.: 900 21 09 66
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ARAGÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL
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C/ Supervía, 27
50071 Zaragoza
Telf.: 976/56 58 27
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PRINCIPADO DE ASTURIAS
DIRECCIÓN REGIONAL DE ACCIÓN SOCIAL
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C/ General Elorza, 35
33071 ,Oviedo
Telf.: 985/510 65 00
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BALERARES
DIRECCIÓN GENERAL DE MENORES JUVENTUD Y FAMILIA
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C/ Francisco Salvá, s/n, Espinaret 07009 Pont D'inca, Palma de Mallorca Telf.: 971/17 64 00
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CANARIAS DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN DEL MENOR Y LA FAMILIA
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C/ San Sebastián, 53, Edificio Príncipe Felipe 38003 Santa Cruz de Tenerife
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CANARIAS
DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN DEL MENOR Y LA FAMILIA
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C/ Pedro de Vera,36 35003 Las Palmas de Gran Canaria Telf.: 928/45 26 50
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CASTILLA-LA MANCHA DIRECCIÓN GENERAL DEL MENOR Y LA FAMILIA
|
Avda. de Francia, 4 45005 Toledo Telf.: 925/26 71 65
|
CATALUÑA DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN A LA INFANCIA
|
Plaza de Pau Vila, 1 08003 Barcelona Telf.: 93/483 10 00
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CEUTA DEPARTAMENTO DE PROTECCIÓN DE MENORES DE CEUTA
|
C/ Real, 116 Telf: 956-511842
|
EXTREMADURA DIRECCIÓN GENERAL DE ACCIÓN SOCIAL SERVICIO DE PROTECCIÓN JURÍDICA DEL MENOR
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Crta. Circunvalación, s/n, 06800 Mérida (Badajoz) Telf.: 900 500 331
|
GALICIA DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIA
|
San Cayetano, s/n 15771 Santiago de Compostela (La Coruña) Telf.: 981/54 46 22
|
MADRID
INSTITUTO MADRILEÑO DE ATENCIÓN A LA INFANCIA (IMAIN)
|
C/Orense, 11-9
28020 Madrid Telf.: 91/580 47 47
|
MADRID INSTITUTO MADRILEÑO DEL MENOR Y LA FAMILIA
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C/ Gran Vía, 14 28071 - MADRID 91/580 34 58 Fax: 580 34 49 www.comadrid.es/servicios_sociales
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MADRID MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES DIRECCIÓN GENERAL DE LAS FAMILIAS Y LA INFANCIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INFANCIA. SERVICIO DE ADOPCIÓN Y PROTECCIÓN
|
Paseo de la Castellana, 67-6ª Planta. 28071 MADRID
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MADRID MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
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C/ Agustín de Bethencourt, 4 28071 - MADRID 91 363 00 00
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MELILLA DEPARTAMENTO DE PROTECCIÓN DE MENORES DE MELILLA
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C/ San Quintín, 2 Telf: 952/671341
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REGIÓN DE MURCIA INSTITUTO DE SERV. SOCIALES DE LA REGIÓN DE MURCIA (ISSORM)
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Crta. de Pueblo Nuevo, s/n 30007 Murcia Telf.: 968/36 20 91
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NAVARRA INSTITUTO NAVARRO DE BIENESTAR SOCIAL
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C/ González Tablas, s/n 31002 Pamplona Navarra Telf.: 948/10 69 50
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LA RIOJA DIRECCIÓN GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL
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C/ Villamedia, 17 26071 Logroño (La Rioja) Telf.: 941/29 11 00 ext.: 51 13
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COMUNIDAD VALENCIANA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES (PROGRAMA FAMILIA, INFANCIA Y JUVENTUD)
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C/Colón, 80, 46003 Valencia
Telf.: 96/386 24 00
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GOBIERNO VASCO DIRECCIÓN GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL
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C/ Duque de Wellington, s/n 01071 Vitoria Telf.: 945/18 93 93
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DIPUTACIONES FORALES
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DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL
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C/ General Álava, 10 01071 Vitoria Telf.: 945/23 26 24
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DIPUTACIÓN FORAL DE VIZCAYA DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL
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C/ Gran Vía, 26 48071 Bilbao Telf: 94/420 72 30
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Negligencia dental infantil
Descuido de los padres o cuidadores de buscar tratamiento a la patologías orales de un niño, a una caries no tratada, infección bucal y dolor, o el descuido de no completar el tratamiento una vez que se ha informado de la existencia de alguna de las circunstancias anteriormente mencionadas.
Nota : Más información en relación al manejo odontopediático del paciente víctima de maltrato infantil y otros datos relevantes en:
“Lesiones por malos tratos”
“Maltrato Infantil”
"Manejo de la conducta en el niño maltratado."